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Prórroga nuevo DNI

Circular 18/15 – ANSeS (DPA)
Documento Nacional de Identidad.
Prórroga de vencimiento al 31 de marzo de 2016.
Reemplaza a la circular DPA 39/14.

Buenos Aires, 23 de junio de 2015
Se informa que con fecha 12/06/2015 la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas (RENAPER) emitió la Resolución Nº 2030/2015 que prorroga el plazo de la Resolución Nº 3117/2014, en las mismas condiciones dispuestas por dicha norma, estableciendo:
Que el canje obligatorio de todos los documentos de identidad de confección manual (libretas) emitidos por el REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS por el Nuevo DNI digital, se prorroga siendo la fecha límite el día 31 de marzo de 2016.
Quedando exceptuados las personas mayores de SETENTA Y CINCO (75) años de edad y los incapaces declarados judicialmente. Por lo expuesto, todos los trámites que requieran el documento podrán ser atendidos con el DNI de confección manual (libretas) hasta el 31 de marzo de 2016, debiendo comunicar a los titulares que presenten DNI para argentinos de tapa verde y DNI para extranjeros de tapa bordó confeccionados a mano, que deberán tramitar el nuevo documento, salvo la excepción prevista para los mayores de 75 años, a fin de realizar cualquier tramitación a partir del 1 de abril de 2016. Atento esta circular, solicitamos a todas aquellas personas afiliadas y familiares que tengan el DNI en estas condiciones y estén próximos a realizar tramites a través de la Gestoría Provisional o estén jubilados o pensionados, renueven el respectivo DNI con el debido tiempo, a fin de no tener demoras ante una presentación futura en ANSES.

Descuento Impuesto a las Ganancias

La ANSES informa sobre descuentos por Impuesto a las Ganancias:

La ANSES informa a los jubilados a los que se les detectó una diferencia en la aplicación del Impuesto a las Ganancias que a partir del día lunes 7 de septiembre tendrán depositado en sus cuentas habituales el monto para subsanar la situación. Se depositará lo retenido en la liquidación del mes de agosto y también se adelantará el descuento que ya se realizó en la liquidación de septiembre. Es importante aclarar que la devolución se hará de forma previa al cobro del mensual septiembre, que se abona de acuerdo al calendario de pagos habitual.

La ANSES realiza todos los meses más de 13 millones de liquidaciones y de pagos directos en todo el país, de acuerdo a una interpretación armónica e integradora de las resoluciones vigentes. Como es habitual y producto de la consulta con otros organismos responsables, se considerará la situación más beneficiosa para el jubilado. Las liquidaciones de la ANSES son efectuadas de forma responsable y eficiente por áreas técnicas.

Sobre la situación generada, el Director Ejecutivo de la ANSES, Diego Bossio, señaló: “Quiero informarles a los jubilados que tuvieron una diferencia en su liquidación que a partir del día lunes 7 de septiembre, y de forma automática, van a tener depositada y resuelta su situación en sus cuentas bancarias. En estos casos, no va a ser necesario realizar ningún trámite ante la ANSES. También dispuse que se les informe por medio de contactos telefónicos individuales el monto depositado, para que cada jubilado pueda tener seguridad sobre su jubilación”.

La ANSES también comunica que el día 1º de septiembre implementó un sistema de consultas para que cualquier jubilado que tenga dudas o inquietudes sobre el descuento de ganancias pueda formular el reclamo; en un plazo de 10 días obtendrá respuesta fehaciente sobre su caso.  Dicho reclamo se puede realizar en las oficinas de la ANSES sin turno previo, llamando al 130, opción Reclamos.

Cronología de aumentos
AUMENTOS LEY GENERAL
03/2010   8,21 %
09/2010 16,9 %
03/2011 17,33 %
09/2011 16,82 %
03/2012 17,62 %
09/2012 11,42 %
03/2013 15,18 %
09/2013 14,41 %
03/2014 11,31 %
09/2014 17,21 %
03/2015 18,26 %
09/2015 12,49 %
03/2016 15,35 %
09/2016
 
AUMENTOS CONVENIO LUZ Y FUERZA
03/2010   9,22 %
09/2010 9,23 %
03/2011 10,61 %
09/2011 10,61 %
03/2012 18,18 %
09/2012 18,18 %
03/2013 12,73 %
09/2013 12,73 %
03/2014 13,56 %
09/2014 13,56 %
03/2015 16,48 %
09/2015 16,47 %
03/2016 16,09 %
09/2016 16,09 %
 

TOPE DE REMUNERACION SUJETA A PORTES PREVISIONALES EN ACTIVIDAD
03/2010   $ 10119,08
09/2010 $ 11829,21
03/2011 $ 13879,25
09/2011 $ 16213,72
03/2012 $ 19070,55
09/2012 $ 21248,45
03/2013 $ 24473,96
09/2013 $ 28000,65
03/2014 $ 31167,56
09/2014 $ 36531,48
03/2015 $ 43202,17
09/2015 $ 48598,08
03/2016 $ 56057,93
09/2016

 

 
TOPE DE HABERES DE JUBILADOS Y PENSIONADOS
03/2010   $ 6558,09
09/2010 $ 7666,37
03/2011 $ 8994,95
09/2011 $ 10507,9
03/2012 $ 12359,39
09/2012 $ 13770,83
03/2013 $ 15861,24
09/2013 $ 18146,84
03/2014 $ 20199,25
09/2014 $ 23675,54
03/2015 $ 27998,69
09/2015 $ 31495,73
03/2016 $ 36330,32
09/2016
JUBILACIONES Y PENSIONES MÍNIMAS DE LEY GENERAL
03/2010   $ 895,15
09/2010 $ 1046,43
03/2011 $ 1227,78
09/2011 $ 1434,29
03/2012 $ 1687,01
09/2012 $ 1879,66
03/2013 $ 2165
09/2013 $ 2476,98
03/2014 $ 2757,13
09/2014 $ 3231,63
03/2015 $ 3821,73
09/2015 $ 4299,06
03/2016 $ 4958,97
09/2016
Guía de reconocimiento de servicios

FOTOCOPIAS:
3 Fotocopia Doc. Titular de Pág. 1-2- y domicilio Actualizado. (1)
1 Fotocopia último recibo sueldo de la Empresa.
1 Fotocopia CUIL.
3 Fotocopia Partida Nacimiento Legalizada y traducida al castellano. (solo para extrajeros).

ORIGINALES:
Certificación de Servicios.
Carnet Afiliado al Sindicato.- concurrir al ANSES de zona con documento esposa, hijo menor o incapacitado y solicitar CUIL p/ Jubilación.

SECRETARIA  DE PREVISION SOCIAL Y ACTAS – (OFIC. GESTORIA)
Horario de Atención: de 10 a 17 Hs. – Lunes a Jueves.
TE: 433l-0531/37 interno 1606. SOLICITAR TURNO

Cómo solicitar reconocimiento de Servicios

Se solicita a todos los trabajadores que estén cercanos a solicitar el beneficio de la Jubilación deberán tramitar en el ANSES más cercano a su domicilio un reconocimiento de Servicios. Este trámite es esencial para su futuro inicio de trámite de Jubilación, en especial a todo personal de empresas tercerizadas, por la variada historia laboral.

Los parámetros que deben tener en cuenta para solicitar el reconocimiento de Servicios son:

NO debe solicitar el reconocimiento de Servicios aquel trabajador que le falten 2 (dos) años para su jubilación.

SÍ debe solicitar reconocimiento de Servicios aquel trabajador que le falten más de 2 (dos) años para su jubilación y cuenten con más de 25 (veinticinco) años de aporte.

Ante cualquier consulta llamar a la Secretaría de Previsión Social y Actas a los teléfonos:

4331-8733 / 4343-9272 de 10 a 16 hs.

Subsecretario suplente: Javier Alberto Varela